La Fiscalía del Tribunal Supremo recurre la sentencia del Caso Guateque

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado recurso de casación por la sentencia absolutoria dictada en el llamado “caso Guateque”, que declaró nulas las pruebas aportadas a la causa por derivar de la grabación de una conversación privada.

En su recurso, la Fiscalía solicita al Supremo que anule la sentencia recurrida y ordene la celebración de un nuevo juicio en el que se valore, como prueba lícita, la grabación de la conversación mantenida entre el testigo protegido y uno de los acusados así como el resto de pruebas aportadas por la Fiscalía ante el tribunal de instancia.

La Fiscalía considera que la investigación se inició tras una denuncia del testigo protegido, y que los datos aportados por la conversación grabada – en la que se ponía de manifiesto la existencia de un soborno-, fueron asumidos, corroborados, ratificados y aportados a la causa por el propio testigo compareciente.La Fiscalía cita en su recurso jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que sostiene que la grabación de una conversación privada por parte de uno de los intervinientes no daña el derecho a la intimidad del otro.

Además, esa conversación se produjo antes del inicio de la investigación policial, puesto que aún no se había presentado la denuncia. Por tanto, afirma el Fiscal, ese encuentro no fue programado, ni vigilado, ni orientado en modo alguno por la Guardia Civil. El testigo no actuó en ningún momento bajo las órdenes ni como un enviado de la Guardia Civil, a quien sólo solicitó una grabadora, sino como particular, registrando una conversación privada.

La Fiscalía considera inadmisible afirmar -como realiza la sentencia absolutoria-, que la Guardia Civil provocara el delito investigado. En su recurso, el Fiscal cita una sentencia del Tribunal Supremo del año 2015 que avala una actuación esencialmente idéntica a la que en este caso censura la Audiencia Provincial de Madrid.

Por tanto, la Fiscalía solicita al Tribunal Supremo que revoque la sentencia impugnada y que una nueva Sala integrada por otros magistrados, celebre nueva vista en la que se valore, como prueba lícita, la grabación y su transcripción, así como la denuncia y declaración de testigos, y todas las pruebas aportadas por la Fiscalía.De forma subsidiaria, y en el caso de que el Tribunal Supremo considere que el tribunal de instancia no ha perdido la imparcialidad, la Fiscalía solicita al Supremo que declare nula la sentencia recurrida y que ordene a la misma Sala dictar nueva sentencia valorando las pruebas citadas.