El Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana responde a Luis del Val

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Por su intererés reproducidimos la carta enviada a Luis del Val, con motivo su intervencion en la Cadena Cope:

Estimado Sr. del Val: Esta mañana (emisión del día 20 de noviembre de 2017), escuchando “Herrera en la COPE, en concreto, la sección “Las coplas de Luis del Val”, ciertamente he quedado sorprendido y a la vez ofendido por su copla de hoy, a buen seguro, motivado por el afloramiento de sentimientos, estos, justificados por el incalificable y vituperable acto llevado a cabo, presuntamente, por los miembros de la denominada “Manada”. No obstante, para que no quede duda alguna al respecto, señalar, que rechazamos y condenamos enérgicamente y sin paliativos cualquier acto que pueda suponer un abuso o delito sexual.

Sin duda alguna, somos muchos los que empatizamos con la víctima, a la vez que nos sentimos consternados con los lamentables actos referidos, sin embargo, desde nuestro colectivo, detectives privados, no ofendemos ni insultamos a nadie, estemos o no de acuerdo con sus actos o palabras injuriosas hacia nosotros, ello, a pesar que en ocasiones nos sentimos como si nos estuviesen dando patadas en las espinillas (en realidad, es más arriba, pero es para guardar las formas). Lo cierto es, que en ninguna ocasión calificaríamos a un periodista como “juntapalabras o plumilla”, y tampoco calificaríamos, nunca, un articulo o noticia publicada por un periodista como “información de mierda”, a pesar que haya podido ser fruto de un “lapsus de inspiración”.

Entrando en la copla de hoy, señalar, que se realizan manifestaciones respecto a los detectives privados, entre otras, citar:

Permítame Sr. del Val, recordar, que los detectives privados son profesionales, que cursan sus estudios y obtienen los títulos en las universidades, por cierto, estudios de grado (ley 5/2014, seguridad privada, art. 29.1.c). La citada ley, artículo 5.1.h, dice: “La investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte”., y en el mismo artículo 5, punto 2, señala la exclusividad de los detectives privados para realizar la actividad de investigación privada, es decir, que los detectives privados NO ESPIAMOS, porque las facultades asignadas por ley es la de INVESTIGACIÓN, importante diferencia. Como es evidente, queda claro el error de calificar de “espionaje” lo que en realidad es una “investigación”, y sin duda, al menos así lo creo, doble error calificar una “investigación” como “espionaje de mierda”.

2º). En otra de las frases asevera: “cualquier detective por su riesgo y cuenta asalta la intimidad y no tiene consecuencia?”. De nuevo Sr. del Val debemos volver a citar la lay 5/2014 de seguridad privada, en primer lugar, el artículo 48.1. dice: “Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados…”. En consecuencia, ningún detective privado puede iniciar una investigación motu proprio, necesita el encargo de tercera persona y que esta esté legitimada. Respecto a la afirmación que “…por su riesgo y cuenta asalta la intimidad”, de nuevo, craso error, porque ningún detective puede, no asaltar (que es una aberración), sino tampoco investigar la intimidad de cualquier persona, abundando en este punto, tampoco se puede investigar los hechos que se desarrollen en los domicilios o lugares reservados, ello es así porque la ley de seguridad privada lo prohíbe taxativamente.

3º). Finalmente recoger la siguiente afirmación: “… y que se admita el informe como si fuera una prueba, es como si un asesino de la culpa se libera si madre del hijo muerto no demuestra su tristeza”.

Lamento contrariarle, Sr. del Val, pero lo cierto es que los informes de los detectives privados legalmente habilitados por el Ministerio del Interior, son admitidos habitualmente como prueba por los Tribunales, en este punto, traer a colación la Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 265. Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto, punto 5: “Los informes, elaborados por profesionales de la investigación privada legalmente habilitados, sobre hechos relevantes en que aquéllas apoyen sus pretensiones. Sobre estos hechos, si no fueren reconocidos como ciertos, se practicará prueba testifical”.

Si me lo permite, le indico la  Sentencia del Tribunal Supremo, de 6 de noviembre de 1990. recogida por la STSJ de Cataluña, de 15 de febrero de 1994: «… lógicamente, el testimonio emitido por los Detectives Privados tiene, en favor de su veracidad, no sólo la garantía de profesionalidad exigible y, en principio, presumible, en una profesión reglamentada legalmente, sino también la de que, de modo innegable, proporciona la precisa y continuada dedicación al objeto de ulterior testimonio a emitir y las complementarias acreditadas gráficas o sonoras, de que suele ir acompañado…» Respecto al final de la frase, “…es como si un asesino de la culpa se libera si madre del hijo muerto no demuestra su tristeza”, considero que es más positivo no entrar a valorar, y no la voy a calificar de kafkiana, pero si le digo que es lo más alejado a la realidad.

Respecto al final de la frase, “…es como si un asesino de la culpa se libera si madre del hijo muerto no demuestra su tristeza”, considero que es más positivo no entrar a valorar, y no la voy a calificar de kafkiana, pero si le digo que es lo más alejado a la realidad.

Como habrá observado Sr. del Val, en relación al juicio que se está celebrado sobre la actuación de la denominada “manada”, no hago mención alguna, y tampoco al informe elaborado por una detective privado, al parecer, presentado y retirado de inmediato en el acto del juicio; como es evidente, no conozco el contenido del informe, ni la investigación llevada a cabo, e igualmente, si el mismo cumple los requisitos exigidos por la legislación vigente. Sin embargo, al igual que nuestro colectivo, como presidente del Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana, me siento agraviado e injuriado por los comentarios y ofensas realizadas al colectivo de detectives privados, porque no se puede ni se debe prejuzgar a todo un colectivo por la actuación (acertada o errónea) de uno de sus miembros. Para finalizar Sr. del Val, hacer mención al poeta británico Alexander Pope y traer a colación su frase: “errar es humano, perdonar es divino y rectificar es de sabios”.

Eloy de Paco. Presidente del Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana.