El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión han alcanzado un acuerdo para definir los elementos para revisar de la Directiva sobre reestructuración y resolución bancarias (DRRB), del Reglamento sobre requisitos de capital (RRC) y de la Directiva sobre requisitos de capital (DRC), propuestos en noviembre de 2016.
En Bruselas consideran que son los primeros resultados del paquete de reducción del riesgo bancario. El texto debe entrar en vigor a más tardar a principios de 2018.
La Comisión había propuesto crear una nueva categoría jurídica de deuda no garantizada disponible en todos los Estados miembros de la UE, que se sitúa justo por debajo de la deuda de mayor rango y otros pasivos de rango superior, sin dejar de formar parte de la categoría de deuda no garantizada de rango superior (solo como deuda de rango superior no preferente). La solución acordada por el Parlamento Europeo y el Consejo mantiene los elementos esenciales de la propuesta de la Comisión.
Así, el acuerdo sobre el paquete RRC/DRC aplica las nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF 9). Se espera que esto contribuya a mitigar el impacto de las normas NIIF 9 en el capital y la capacidad de préstamo de los bancos de la UE y asimismo evitará posibles perturbaciones de los mercados de deuda pública que se derivarían de normas que limitan las grandes exposiciones a una sola contraparte.
El paquete de reformas incluye propuestas para introducir disposiciones transitorias para ayudar a mitigar el impacto de la introducción de las normas NIIF 9 en el capital de los bancos y evitar posibles perturbaciones en los mercados de bonos soberanos debido a la expiración del período transitorio para las exposiciones soberanas.
Habida cuenta de la necesidad de que los nuevos regímenes transitorios entren en vigor a principios de 2018, el Parlamento Europeo y el Consejo acordaron separar estas disposiciones del resto del paquete y adoptarlas mediante un procedimiento más rápido.
Estos acuerdos políticos irán seguidos de nuevas negociaciones técnicas a fin de ultimar el texto. El Comité de Representantes Permanentes (Coreper) del Consejo de Ministros se espera que apruebe el acuerdo antes de la votación del Pleno del Parlamento Europeo.
La solución acordada por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre las normas NIIF 9 se basa en la propuesta de la Comisión. El período de introducción ofrecerá la oportunidad de observar los efectos procíclicos del enfoque revisado de las pérdidas crediticias.
A escala internacional, también aportará más tiempo para ponerse de acuerdo sobre un tratamiento prudencial plenamente armonizado de las pérdidas crediticias esperadas con arreglo a las NIIF 9 y la versión revisada de los principios de contabilidad generalmente aceptados (PCGA) en Estados Unidos sobre los instrumentos financieros, que entrará en vigor en 2020.
En cuanto a las grandes exposiciones, la solución acordada por los colegisladores prevé una cláusula de derechos adquiridos (es decir: todas las exposiciones contraídas antes de una fecha límite predeterminada estarán exentas de la limitación de las grandes exposiciones) y un período de eliminación progresiva (todas las exposiciones después de la fecha límite se irán progresivamente sometiendo a la plena limitación de las grandes exposiciones).
Se trata de normas armonizadas para los tenedores de bonos bancarios en una situación de insolvencia ofrecen a los bancos una mayor claridad para la constitución de reservas para absorber pérdidas y proteger a los contribuyentes. Se trata de un paso fundamental hacia el cumplimiento de la norma global sobre capacidad total de absorción de pérdidas (TLAC).
El acuerdo sobre la Directiva DRRB crea una nueva categoría de deuda no garantizada en la clasificación de la insolvencia para los acreedores bancarios y establece un enfoque armonizado de la UE de la prelación de los tenedores de bonos bancarios en caso de insolvencia y resolución.
El acuerdo sobre las normas armonizadas sobre prelación de los tenedores de bonos bancarios en caso de insolvencia y resolución facilita de un modo más eficaz el cumplimiento de los bancos de la norma TLAC, que debe aplicarse a partir de 2019, tal y como se acordó en el Foro de Estabilidad Financiera.
Además, al proporcionar una mayor seguridad jurídica tanto a los emisores como a los inversores y al reducir el riesgo de acciones judiciales, estas normas armonizadas facilitarán la aplicación del instrumento de recapitalización interna en la resolución.
Las nuevas normas contables NIIF 9 tienen como objetivo responder a las preocupaciones que surgieron durante la crisis financiera mediante la mejora de la provisión para pérdidas de instrumentos financieros. Dichas normas podrán dar lugar a un incremento significativo de las provisiones para pérdidas crediticias que deban realizar los bancos.
El acuerdo alcanzado hoy sobre un período de transición de cinco años permitirá a los bancos volver a incluir en su capital una parte del incremento de provisiones para pérdidas crediticias. Ello limitará los posibles efectos negativos en los préstamos bancarios.
También introduce una nueva disposición transitoria sobre limitación de grandes exposiciones en las normas prudenciales. Los bancos con grandes participaciones en bonos soberanos no denominados en la moneda nacional tendrán más tiempo para adaptarse a las normas.