Proyecto de ley que regula la seguridad privada contempla creación de un consejo directivo y penalidades por infracción

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Desde el 15 de diciembre del 2003, en la República Dominicana existe la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (SVSP), organismo que se encarga de regular todo lo concerniente a los servicios de vigilancia privada en todo el territorio nacional.

Sin embargo hasta el momento esa entidad no cuenta con una ley que lo rija, sino dos decretos: uno sobre la creación de una junta reguladora y el otro sobre la creación de la SVSP.

En ese sentido este pasado jueves la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura el proyecto de ley que regula la prestación de esos servicios por parte de compañías de vigilancia.

Dentro del proyecto se contempla la creación de un consejo directivo, el cual sería el órgano superior de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que estaría integrado por el Ministro de Defensa o su representante, que será la persona que lo presidirá.

También, el proyecto contempla que el consejo directivo este integrado por el ministro de Interior y Policía, el ministro de Trabajo, el Procurador General de la República, el director de la Policía Nacional y el superintendente de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, quien tendrá voz, pero no voto.

En caso de que los funcionarios a cargo de esas instituciones no puedan estar presentes durante las reuniones del Consejo Directivo podrán mandar a un representante.

El artículo 18 de la ley señala que el superintendente será designado por el presidente de la República, quien será la autoridad ejecutiva máxima de la Superintendencia de Vigilancia.

De acuerdo al proyecto de ley autoría de la diputada Lourdes Josefina Aybar, las empresas que presten sus servicios de vigilancia que utilicen armas de fuego o de letalidad reducida, estarán obligadas a entregarlas inmediatamente a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en caso de que se estas tengan un cese operacional.