Externalización de recursos por parte del Gobierno en la lucha contra el fraude en la Seguridad Social

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La Asociación Nacional de Agencias de Detectives Privados de España (ANADPE),
entidad que agrupa a los principales despachos de detectives privados españoles,
ante la noticia conocida en el día de hoy relativa a la externalización de recursos
para la lucha contra el fraude en el ámbito del Instituto Nacional de la Seguridad
Social, quiere manifestar los siguientes puntos:

• Los detectives privados españoles nos congratulamos de que el Gobierno
haya dado un importante paso en la lucha contra el fraude. Los escasos
resultados obtenidos históricamente en la lucha contra el fraude
evidencian que una Administración moderna y ágil debe de combinar los
recursos públicos con la iniciativa privada en aras del beneficio del
ciudadano. El fraude de unos pocos lo pagamos todos.

• Los detectives privados españoles venimos solicitando a las
Administraciones Públicas canales de comunicación estables y seguros
tanto con el INSS como con la Agencia Tributaria y el INEM, al igual que ya
tenemos con otras instituciones del Estado, para poner a su disposición, de
manera gratuita y cumpliendo con la legislación vigente, los numerosos
fraudes con los que nos encontramos en el curso de nuestras
investigaciones. Las evidencias aportadas por los detectives privados son de
uso legal por parte de la Administración para, llegado el caso, poder
imponer las sanciones pertinentes ante los fraudes acreditados, tal y como
acredita el exitoso uso que las Mutuas dependientes del INSS hacen ya a
diario de los informes de detectives a través de asignaciones por concursos
públicos.

• Consideramos que, si bien otros operadores, aun no disponiendo de
habilitación legal para realizar investigación privada en España (reservada
por ley 5/2014 de Seguridad privada al detective privado), pueden actuar en
la fase analítica y de predetección del fraude, tan solo los despachos de
detectives legalmente habilitados pueden “aportar y obtener informaciones
y pruebas (art.48) en una segunda fase del proceso, aportando las evidencias
oportunas a través de los trabajos de campo e investigación que solo los
detectives pueden llevar a cabo.

Madrid, 19 de octubre de 2020