La Audiencia de Valencia condena a 21 de los 23 acusados del ‘caso Cooperación’ a penas de entre tres meses y cinco años y medio de cárcel

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La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas que oscilan entre los tres meses y los cinco años y medio de prisión a 21 de los 23 acusados por las piezas 2 y 3 del llamado ‘Caso Cooperación’, tras declarar probado el fraude registrado entre 2009 y 2011 en multitud de subvenciones a ONG destinadas a cooperación al desarrollo del Tercer Mundo, así como a la construcción de un hospital en Haití.

En una sentencia notificada este viernes a las partes, el tribunal impone al que fuera conseller de Solidaridad y Ciudadanía en ese periodo, Rafael Blasco, un año de prisión y ocho de inhabilitación absoluta como autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos, en concurso ideal con delitos continuados de prevaricación administrativa y falsedad en documento oficial cometido por funcionario público.

No obstante, le absuelve de los delitos de asociación ilícita, organización criminal y grupo criminal. Para el cómputo de la prisión, tanto en el caso del exconseller como en el de otros acusados, los magistrados han descontado las penas que ya les impusieron en una anterior sentencia por los mismos hechos.

Junto a Blasco, han sido condenados otros exaltos cargos de la Conselleria como el director general de Cooperación, José María Felip (un año y seis meses de prisión, dos años y seis meses de inhabiltación absoluta); el jefe de Área de Cooperación, Marc Llinares (dos años y nueve meses de prisión, dos años y seis meses de inhabilitación absoluta), y la secretaria general administrativa de la Conselleria, Agustina Sanjuán (seis meses y un día de prisión y dos años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público).

El fallo también impone dos años de cárcel al empresario Augusto C. T. , fundador de la Fundación Entre Pueblos (luego denominada Hemisferio), por delitos de malversación, en concurso con prevaricación, falsedad documental, cohecho activo y blanqueo de capitales.

Igualmente, la Audiencia ha condenado a penas que van desde los tres meses a los cinco años y seis meses de cárcel a otras 16 personas: trabajadores y responsables de ONG y fundaciones o representantes legales de sociedades mercantiles implicadas en el fraude.

Por el contrario, ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables a dos de los 23 encausados: un empresario y una jefa de servicio de la Conselleria.

El tribunal considera probado que Rafael Blasco “favoreció la concesión de subvenciones” a Augusto César Tauroni, un empresario al que ya conocía desde tiempo atrás, aunque sabía que éste “desviaba de sus fines para lucro propio buena parte de las cantidades obtenidas para realizar proyectos en los países del Tercer Mundo”. La Sala no cree acreditado sin embargo que el político recibiese dinero a cambio.

Tauroni constituyó una fundación, Entre Pueblos (después renombrada como Fundación Hemisferio), gestionó proyectos de pequeñas ONG y se valió de empresas instrumentales con la “finalidad última de obtener un beneficio neto de cada proyecto subvencionado de cuanto menos un 50% de la cantidad subvencionada por la Administración”, según la sentencia.

Y lo consiguió –agregan los magistrados- “debido a que buena parte de los proveedores no ejecutaban los servicios contratados, percibiendo en cambio, elevadas cantidades por los trabajos facturados, que además estaban presupuestados muy por encima del precio real de mercado”.

La Audiencia ha dictaminado asimismo que el empresario sobornó con dinero a uno de los ex altos cargos de la Conselleria, Marc Llinares, jefe de Área de la Dirección General de Cooperación y que era además de amigo suyo persona de confianza del conseller, a cambio de “facilitar que los proyectos que presentaba Entre Pueblos o las ONG que gestionaba fuesen aprobados” o dar su visto bueno a facturas y gastos.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, decreta el comiso de dos apartamentos en Miami, de un yate y de todo el dinero existente en diversas cuentas bancarias a nombre de sociedades radicadas en Estados Unidos, como bienes procedentes de los delitos de blanqueo de capitales cometidos por Tauroni y su esposa, también condenada en este procedimiento.

En cuanto a la responsabilidad civil, la Sala condena expresamente a una decena de los acusados a pagar cantidades que oscilan entre los 5.000 y los 37.000 euros a la Generalitat Valenciana.

Por el contrario, deja para su determinación posterior, en el trámite de ejecución de sentencia, el grueso de las indemnizaciones que habrán de compensar el perjuicio total causado a las arcas públicas, que la Fiscalía fija en 5.035.942 euros y la Generalitat en 5.667.930 euros.